jueves, 16 de febrero de 2012

Levantamiento de parcelas, informes

"El vecino ha cerrado su parcela, y se ha metido en la mía ¿qué hago?"

Esta frase la hemos oído de alguien, directamente o indirectamente. Ya sea tratándose de una finca rústica, o una finca urbana, estamos en nuestro derecho de reclamar.

Cuando pagamos el IBI o "contribución" el organismo competente nos manda una lista con la información de las propiedades sujetas a este impuesto. Además de otras cosas, podemos encontrar información como: referencia catastral, valor catastral e importe a pagar. Normalmente las propiedades de carácter rústico vienen agrupadas en un sólo documento, con el importe total a pagar de todas ellas, sin mostrar la referencia catastral de cada una. En el caso de querer saber por qué bienes estamos pagando, esta información la podemos obtener en cualquier oficina recaudatoria.




Si el vecino ha sobrepasado nuestra linde, siempre es recomendable hablar con él y explicarle la situación. Pero en caso de no llegar a un acuerdo y se recurra a vía judicial, se necesitará un informe pericial.

Un agrónomo deberá ver las características de la finca, hacer un levantamiento, certificar mediante informe la parcela actual, teniendo en cuenta el catastro y las escrituras. Con este informe, tenemos una prueba de que nuestra parcela ha sido rebasada.

Este informe también se puede utilizar para formalizar las propiedades en catastro y el registro de la propiedad. En el caso de querer adquirir una parcela, sería conveniente comprobar la superficie real con la de catastro.


Un saludo, desde el planeta Hectarea

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